¿Amparo de los derechos constitucionales en Cuba?

¿Amparo de los derechos constitucionales en Cuba?
Fecha de publicación: 
15 Junio 2023
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Tras la aprobación de la Carta Magna de 2019 han sido varias las normativas aprobadas para respaldar y desarrollar los preceptos constitucionales. Una de ellas es la Ley 153, también llamada Ley del proceso de amparo de los derechos constitucionales. 

Esta disposición fue aprobada por la Asamblea Nacional el 15 de mayo de 2022. Encuentra su fundamento en el artículo 99 de la Constitución, el cual establece que la persona a la que se le vulneren los derechos constitucionales puede reclamar su restitución ante tribunales. Incluso —sostiene la Carta Magna— la persona vulnerada podría obtener reparación o indemnización. Esto incluye reclamos a entidades del Estado.

Como se sabe, los derechos tienen límites. En este caso, la ley en cuestión no podría ser invocada en perjuicio de los derechos de las demás personas, la seguridad colectiva, el bienestar general, el respeto al orden público, la Constitución, los tratados internacionales en vigor para Cuba y las leyes.

Así mismo, la Ley 153 plantea como excepción tres supuestos. No se puede invocar por inconformidad con decisiones judiciales adoptadas en otras materias. Es inoperante para declarar leyes y actos normativos como inconstitucionales. Por último, no contempla reclamaciones relativas a la defensa y la seguridad, ni a medidas adoptadas para salvaguardar la independencia y la paz en situaciones excepcionales y de desastre.

Publicada en la Gaceta Oficial de la República de #Cuba la Ley del proceso de amparo de los derechos constitucionales. Usted puede descargarla desde nuestro sitio web a través del siguiente enlace https://t.co/mAQ4RSQlmh#JusticiaEfectivayTransparente pic.twitter.com/iGI4luPl4t

— TSupremoCU (@TSupremoCU) July 15, 2022

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 153, la persona agraviada y la Fiscalía pueden ser demandantes. Las resoluciones judiciales definitivas adoptadas en estos procesos de amparo son de cumplimiento inmediato y obligatorio por todos los implicados.  

Como puede apreciarse, lo regulado por esta disposición es novedoso en el ordenamiento jurídico cubano. La Ley 153 contribuye a dotar de recursos jurídicos a la ciudadanía para el amparo de sus derechos. A la vez, confiere a los tribunales el mayor protagonismo en el proceso.

Su aprobación, hace poco más de 12 meses, es parte de los avances que ha experimentado el país en materia jurídica durante los últimos años. Su correcta aplicación contribuiría, en definitiva, a fortalecer el Estado socialista de derecho y justicia social. 

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