Aprueban nueva política salarial para inversión extranjera

Aprueban nueva política salarial para inversión extranjera
Fecha de publicación: 
16 Diciembre 2014
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Según establecen las resoluciones 42 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), la 535 de Finanzas y Precios, y la 920 de Economía y Planificación -publicadas hoy en la Gaceta Oficial de la República-, el salario de quienes laboren en cualquiera de las modalidades de inversión extranjera, será resultado de lo que pacten las agencias empleadoras y los empresarios foráneos.

Ese proceso, que hasta la fecha se regía por la escala salarial única establecida por el MTSS para todas las actividades económicas, tomará ahora como base el salario medio del país el cierre del año anterior, explicó a la prensa Déborah Rivas Saavedra, Directora General de Inversión Extranjera del Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera (Mincex).

De acuerdo con la Oficina Nacional de Estadísticas e Información, el salario promedio país de 2013 fue de 471 pesos; por lo que el monto a pagar a los beneficiados con las nuevas disposiciones no será, en ningún caso, menor a esa cantidad, incluso a quienes -por las escalas- recibían 225 pesos (salario mínimo a nivel nacional), aseguró Rivas.

A esa tarifa base para iniciar la negociación entre empleadora e inversionista foráneo, se le sumarán los por cientos que se estimen según las condiciones de trabajo, la calificación del personal a contratar y otros pagos adicionales, los cuales incrementarán la cifra final, puntualizó la directora.

Añadió que ese incremento a los salarios se convierte en otro incentivo para atraer inversión extranjera, hacerla más eficiente y elevar la productividad.

La normativa 920 faculta a las entidades empleadoras calcular el valor del pago por sus servicios a las empresas de capital extranjero, estimado que nunca excederá el 20 por ciento de lo convenido entre las partes, y no afectará los ingresos de la prestataria ni de los trabajadores, subrayó la funcionaria del Mincex.

Señaló que en la formación del salario se tendrá en cuenta también el tributo del 14 por ciento destinado a la Seguridad Social, que se aplica a las modalidades de inversión extranjera, para garantizar los derechos de los contratados, establecidos en el Código de Trabajo.

Zamira Marín, viceministra de Trabajo y Seguridad Social, significó que una vez acordada la cifra entre las partes, este monto final se multiplicará por dos, coeficiente establecido para cualquiera de las modalidades de inversión extranjera en el territorio antillano, con el objetivo de convertir a pesos cubanos el salario negociado en CUC.

Marín acotó que “todo lo convenido con el empresario extranjero como salario será retribuido al trabajador”.

Por esto, las normativas impactarán favorablemente en los ingresos por salario de la gran mayoría de quienes laboran hoy en este sector, y serán aplicadas con efecto retroactivo a partir del salario que corresponda a octubre de 2014, insistió la vicetitular.

Los conferencistas coincidieron en que la medida de fijar un coeficiente responde al proceso de unificación monetaria que impulsa el país, con vistas a eliminar de forma gradual la dualidad monetaria y cambiaria, limitante hoy para el buen desenvolvimiento de las finanzas internas.

Al indagar sobre el porqué de la diferencia entre la tasa fijada para ese sector y el doméstico, donde el cambio es a un CUC por 25 pesos cubanos, Vladimir Regueiro, director de Ingresos del Ministerio de Finanzas y Precios, apuntó que no se puede trasponer el tipo de cambio empresarial al de la población, pues son escenarios diferentes.

Además, la medida se apoya en la capacidad de respuesta del Presupuesto del Estado para asegurar su aplicación, aclaró el funcionario.

El coeficiente aplicado tendrá vigencia en toda la actividad de inversión extranjera, solo con excepción de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, donde se estableció una tasa de cambio de 10, en función de atraer mayores flujos de capital foráneo a ese enclave, apuntó el funcionario.

Con las nuevas resoluciones, Cuba da continuidad a lo establecido en el Reglamento sobre el Régimen Laboral en la Inversión Extranjera, aprobado en abril de 2014, el cual forma parte a su vez de las normas complementarias a la Ley 118.

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